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Defensa teme que le dicten pena de muerte al “Chapo” en los EU

México.- Tras el rechazo de la autoridad para amparar y avalar el proceso de extradición del líder del cártel de Sinaloa, Joaquín “El Chapo” Guzmán Lorea, a Estados Unidos, su defensa presentó esta tarde dos recursos contra el fallo bajo la argumentación de que no se garantiza que el inculpado sea condenado a la pena de muerte en una de las cortes estadunidenses donde es reclamado.
De esta manera, dichos recursos fueron presentados al Juzgado Décimo Tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal, con sede en la Ciudad de México, el mismo que el mes pasado rechazó amparar al narcotraficante y avaló su extradición al vecino país del Norte.
Llegaremos hasta las últimas consecuencias, aseveró José Refugio Rodríguez, uno de los abogados de Guzmán Loera, para impedir que sea entregado a Estados Unidos, donde es requerido en tribunales de California y Texas por cargos que incluyen narcotráfico y homicidio.
El abogado explicó que una vez que el recurso sea recibido y se notifique a las autoridades involucradas, se turna a tribunales colegiados, quienes darán “diez días a las partes para que contesten los agravios o se vaya en revisión adhesiva”.
“Ya entonces es cuando podemos pedir que la Suprema Corte ejerza la facultad de atracción, lo que es inminente”, explicó.
Como se recordará, la extradición de Guzmán Loera fue avalada, en mayo pasado, por la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), según la cual “el gobierno estadounidense proporcionó las garantías suficientes de que no se aplicará la pena de muerte” a Guzmán si es juzgado en Texas, donde el castigo capital es legal.
No obstante, el litigante subrayó que esas garantías fueron dadas “por la embajada de Estados Unidos en México y su función es sólo presentar” el documento. La representación diplomática “no puede tomar decisiones de la corte federal, que es la encargada de imponer las penas”, puntualizó.
Respecto a la petición de la corte de California, Refugio Rodríguez indicó que dicho delito “está prescrito”, según los criterios introducidos por una reforma a un artículo de 1994.
 
(Nota de Hugo Hernández para El Sol de México)

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