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Función Pública, informar procedimientos de órganos de control

MÉXICO, (Notimex), 2 de septiembre de 2017.- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó a la Secretaría de la Función Pública (SFP) informar sobre procedimientos de investigación que siguen los Órganos Internos de Control sobre conductas irregulares de servidores públicos.

En un comunicado informó que ante el Pleno, el comisionado Joel Salas Suárez, destacó que el asunto permite hablar de uno de los principales problemas que enfrenta el país y que es la corrupción, así como de la conformación del Sistema Nacional para enfrentarla.

Salas Suárez, recordó que la Secretaría de la Función Pública es la entidad responsable de vigilar las actividades de los servidores públicos federales y, como integrante del Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, sus atribuciones cobran mayor trascendencia para prevenir y sancionar actos de corrupción.

El comisionado del INAI dijo que si bien, de acuerdo con la nueva normatividad, los Órganos Internos de Control ya no cuentan con facultades para sancionar faltas graves, cometidas por servidores públicos, como sobornos o uso indebido de recursos, sí realizan las investigaciones respectivas.

Lo anterior luego de particular solicitó la normatividad vigente, del 2010 al 5 de junio de 2017, que regula el procedimiento de investigación de conductas irregulares por parte de los Órganos Internos de Control y los procedimientos de auditorías.

Asimismo, requirió el procedimiento y la normatividad vigente a seguir, cuando algún titular de Órgano Interno de Control, de Responsabilidades o de Quejas, advierta que se actualizó la figura de la prescripción.

En respuesta, el sujeto obligado entregó dos tablas, en formato Excel y dos vínculos electrónicos con la información solicitada, por lo que el particular interpuso recurso de revisión ante el INAI, en el que manifestó que la información estaba incompleta, pues, en cuanto a la figura de la prescripción, únicamente le fueron referidos algunos fundamentos, sin informarle el procedimiento.

En el análisis del caso, la ponencia del comisionado Salas, señaló que el sujeto obligado no consultó a todas las unidades administrativas competentes, al confirmar que la información proporcionada estaba incompleta.

En ese sentido, la ponencia localizó el oficio circular número DGAC-DGRSP/001/2009, y los Lineamientos y Criterios Técnicos y Operativos para el Proceso de Atención Ciudadana, que se relacionan con lo solicitado.

Por lo anterior, a propuesta del comisionado Joel Salas, el Pleno del INAI modificó la respuesta de la SFP y le instruyó realizar una búsqueda de la información en las unidades competentes, para que entregue la normatividad y el procedimiento a seguir en caso de que algún titular de Órgano Interno de Control, titular de Responsabilidades o titular de Quejas, advierta que se actualizó la figura de la prescripción.

Además, deberá entregar el link electrónico correspondiente, sin omitir, al menos el oficio circular número DGAC-DGRSP/001/2009, y los Lineamientos y Criterios Técnicos y Operativos para el Proceso de Atención Ciudadana.

En dicha búsqueda, no deberá excluir a la Coordinación General de Órganos de Vigilancia y Control, la Dirección de Responsabilidades y Situación Patrimonial, y la unidad administrativa competente respecto a la extinta Unidad de Atención Ciudadana.

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