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Víctimas de trata podrán cambiar de identidad en la CDMX

 CIUDAD DE MÉXICO, 11 de agosto de 2017 (Notimex).- El Gobierno de la Ciudad de México autorizó el cambio de identidad a personas víctimas, ofendidas o testigos de la comisión de delitos en materia de trata de personas, anunció el consejero jurídico capitalino, Manuel Granados Covarrubias.

Indicó que para ello la administración capitalina adicionó la fracción XII a los artículos 12 y 15 bis del Reglamento de la Ley para la Protección, Atención y Asistencia a las Víctimas de los Delitos en Materia de Trata de Personas en la capital del país.

Con esta medida, resaltó, la capital es la única entidad del país en ajustarse a lo establecido en la Convención de la ONU Contra la Delincuencia Organizada Transnacional y el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas.

Añadió que de acuerdo con el decreto publicado en la edición 131 de la Gaceta Oficial capitalina, para otorgar esta protección el Ministerio Público recabará la evaluación de riesgo. “Informará a la víctima, ofendido o testigo la pertinencia de decretar la medida a fin de garantizar su integridad física y psicológica”.

Granados Covarrubias explicó que para poder hacer el cambio de identidad se deberá contar con el consentimiento expreso de la persona beneficiaria, a quien se le explicarán los alcances jurídicos que implica la modificación.

“El beneficiario o la beneficiaria serán responsables de las consecuencias cuando infrinjan las normas que el cambio de identidad les genere y atenderán toda solicitud que se considere oportuna para su protección”, abundó.

El funcionario del gobierno capitalino refirió que las autoridades se comprometerán a garantizar la confidencialidad de las condiciones y formas de operación del cambio de identidad.

Destacó que en el caso de niñas, niños y adolescentes se garantizará la protección integral de los derechos de la niñez, “es decir, si no puede comprender el significado del hecho, su admisión al cambio de identidad deberá suscribirse por el tutor o quien ejerza la patria potestad”.

El Ministerio Público, refirió Granados Covarrubias, solicitará al titular del Registro Civil realizar las acciones procedentes para generar el acta respectiva, la cual perderá sus efectos legales cuando la medida sea cancelada por determinación ministerial o resolución judicial.

También tendrá que notificar a la Secretaría de Gobierno del proceso para garantizar la confidencialidad necesaria. “Puede ser remitir la información en sobre cerrado, utilizar mecanismos de entrega por personas autorizadas, procurar la entrega a la autoridad competente en los términos de los acuerdos interinstitucionales”.

El consejero jurídico añadió que con las modificaciones publicadas en el órgano de información oficial, el gobierno capitalino asume los principios que guían la Constitución capitalina, porque la dignidad y la autodeterminación personal son la base de todos los derechos.

 

 Foto acta: A Barrales

Foto actas: EnContacto-mx

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