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Dan amparo a ex gobernador Padrés Elías, solo para que sea otra autoridad la que investigue

El Juzgado Segundo de Distrito en el estado de Sonora otorgó un amparo para efectos al ex gobernador Guillermo Padrés Elías, con el único fin de que sea otra autoridad y no la Fiscalía Estatal Especializada Anticorrupción de Sonora, la cual fue declarada inconstitucional, la que continúe con las investigaciones, lo que significa que deberá continuar en la cárcel donde ha sido enjuiciado por delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita y defraudación fiscal.

El Consejo de la Judicatura Federal informó que el efecto del otorgamiento del amparo al ex gobernador se circunscribe únicamente a que se sustraiga de su esfera jurídica la legislación reglamentaria declarada inconstitucional y sus consecuencias.

La autoridad jurisdiccional resolvió que la facultad de legislar en materia de combate a la corrupción es una atribución que el Congreso de la Unión, conforme a lo señalado en los artículos transitorios Segundo, Cuarto y Séptimo del diverso decreto por el que se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la constitución en el rubro, otorgó a las legislaturas de los estados.

En suma, la resolución del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Sonora no invalida las diligencias realizadas por el Ministerio Público en ejercicio de sus funciones, sino que se ordena sean remitidas a alguna unidad de investigación diversa a la Fiscalía Especializada para Investigar Hechos de Corrupción para que continúen con la investigación.

Puntualiza que esta determinación puede ser impugnada por las partes mediante recurso de revisión del cual conocería un Tribunal Colegiado en Materia Penal y Administrativa del Quinto Circuito.

En tanto que el juez federal sustentó su falló en criterios del Alto Tribunal Constitucional adoptados en las acciones de inconstitucionalidad 56/2016 y 58/2016, en las que determinó que las reformas realizadas en los estados de Veracruz y Chihuahua violaban lo establecido por la Carta Magna respecto a la restricción de legislar en relación al Sistema Estatal Anticorrupción de los Estados, hasta en tanto fueran emitidas las Leyes Generales de dicho sistema por el Congreso de la Unión.

En el caso particular, subraya la sentencia, a diferencia de Veracruz y Chihuahua, en Sonora ya se encuentra en operación la multicitada Fiscalía.

Éste es el primer amparo concedido para el efecto de que una Fiscalía Estatal Especializada Anticorrupción en funciones se abstenga de investigar a una persona, en virtud de la inconstitucionalidad del decreto que la creó.

(Nota de Manrique Gandaria para El Sol de México)

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