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Autoridades eximen de pago de derechos a afectados por sismo

MÉXICO (Notimex) 23 de enero de 2018.- Con el objetivo de apoyar a las personas que resultaron afectadas por el sismo, se anunció este martes la resolución de carácter general mediante la cual se otorgan facilidades administrativas y se les exime totalmente del pago de los derechos y aprovechamientos establecidos en el Código Fiscal capitalino.

La resolución entrará en vigor mañana miércoles 24 de enero y se aplicará hasta el 31 de diciembre de este año, según la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

En la misma gaceta se detalla que se exime del pago a las personas físicas y morales que construyan viviendas para los propietarios o poseedores cuyos inmuebles resultaron colapsados o catalogados en condición de inhabitable y/o con daños estructurales, que implique su reconstrucción total.

Lo anterior aplica para la instalación, reconstrucción, reducción o cambio de lugar de tomas para suministrar agua potable, montaje de medidor y armado de cuadro atendido al diámetro y su conexión a las redes de distribución del servicio público, así como por la colocación de derivaciones o ramales de albañales.

Por la autorización para usar las redes de agua y drenaje, o modificar las condiciones de uso, así como por el estudio y trámite, que implica esa autorización.

Por el registro, análisis y estudio de manifestación de construcción tipos “A”, “B” y “C”; por los servicios de alineamiento de inmuebles sobre la vía pública, por cada metro de frente del inmueble, por los servicios de señalamiento de número oficial de inmuebles, y por los servicios de expedición de certificados, licencias, estudios y dictamen.

De igual forma, por aprovechamientos de edificaciones relacionadas con el artículo 51 del Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal, aprovechamientos por efectos de impacto vial, y por construcciones o sus ampliaciones, relacionados con la infraestructura hidráulica.

A los afectados se les otorgará la facilidad administrativa consistente en no presentar la constancia de adeudos que demuestre estar al corriente en el pago de las contribuciones respectivas a las licencias, permisos o registro de manifestaciones de construcción, y continuar así para su revalidación correspondiente a que se refiere el artículo 20 del Código Fiscal de la Ciudad de México.

La Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi), y el Sistema de Aguas de la Ciudad de México (Sacmex), en términos de lo dispuesto en la Ley para la Reconstrucción, Recuperación y Transformación de la capital del país, y en los términos de la resolución, deberán implementar las acciones administrativas correspondientes.

Los beneficios que se confieren en la resolución no otorgan a las personas físicas y morales el derecho a devolución o compensación alguna. Los efectos fiscales corresponderán a la Secretaría de Finanzas.

VP/Metropolitana/EZ

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Redacción Voces del Periodista

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