Voces del Periodista Diario

En cuanto al Estado de derecho

VOCES OPINIÓN Por: Mouris Salloum George

 

Aunque seguimos -desde la convocatoria misma- las vicisitudes del proceso para dar a la Ciudad de México un régimen jurídico-político propio, a nuestro parecer lo bueno está por venir.

Sin caer en la tentación de la pedantería, pues no somos expertos en la materia, creemos que en el debate jurisdiccional sabremos qué entienden los Poderes de la Unión como Estado de Derecho.

Ello es así porque, después de promulgada la Constitución de la Ciudad de México, se ha generado una serie de impugnaciones que han llegado a la Suprema Corte de Justicia; el Tribunal Constitucional por excelencia.

Dos cuestiones están en el centro de gravedad de los disensos: 1) El control de la constitucionalidad y 2) el control de la gobernabilidad. Viejos asuntos planteados por académicos mexicanos.

Este tema se apoya en el “Informe de Manifestaciones en Relación con las Acciones de Inconstitucionalidad contra la Constitución de la Ciudad de México”, presentado esta mañana en el Club de Periodistas de México por el doctor Miguel Concha Malo.

El doctor Concha Malo identifica a los actores en ese conflicto, tanto partidos como la Procuraduría General de la República (PGR) y, aleatoriamente, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).

Para ilustrarnos e ilustrar, el doctor Concha Malo nos recuerda que la acción de inconstitucionalidad es el “medio de control de la constitucionalidad”, que sólo es tramitada ante la Corte Suprema.

Se lista en primer lugar el recurso interpuesto por la PGR, en el sentido de que la Constitución de la CDMX, que contiene la Carta de los Derechos, contraviene  la Constitución general ya que se extralimita en relación con la fuente de reconocimiento de derechos humanos, que son la propia Constitución general y los Tratados Internacionales en los que México es Estado parte.

La Asamblea Constituyente de la Ciudad de México lo que haría es reforzar las obligaciones internacionales de resoluciones y sentencias por órganos y tribunales internacionales. La propia Constitución general no se reserva atribución expresa para legislar como fuente única en  materia de Derechos Humanos al Congreso de la Unión, de lo que sigue que a las entidades federativas los compete igualmente esa facultad.

Para el doctor Concha Malo, el catálogo de derechos humanos de la Constitución de la CDMX representa una ampliación en la protección de los ya contenidos en la Constitución general y en los tratados internacionales.

Sobre la revocación de mandato

Otro punto es el de los derechos de las personas migrantes y sujetas a la protección internacional. El mandato de la Constitución de la CDMX, es que no se criminalice a esas personas  por su sola condición  de migrantes. Para la PGR, ese precepto invade la competencia del Congreso de la Unión.

En este punto, la precisión es que la Constituyente no establece facultades para autoridades locales, “sino que reconoce los derechos de los migrantes”. Por lo demás, ya existe normatividad precedente en la Ciudad de México. Para el doctor Concha Malo, ese precepto fortalece “nuestra misión de defensores ante toda autoridad, ya sea federal o estatal”.

El tema de moda (perdón por la digresión) es la conducta escandalosa de algunos funcionarios de elección popular. La Constituyente instituyó la revocación de mandato, bajo el principio de control de la gobernabilidad, en cuyo caso es facultad extensiva a las entidades federativas. La PGR la impugna como otra contravención a artículos de la Constitución general.

Aquí se puntualiza que la revocación de mandato no es para fincar responsabilidades a los servidores públicos como considera la PGR. Se trata de una herramienta de la sociedad para retirar el mando de una persona en la que no se confía.

A mayor abundamiento, esa figura ya está vigente en varias entidades federativas. La participación social en ese tipo de decisiones, representaría un creciente interés político de la población  y “fortalecería la democracia como régimen político”.

Dejamos en suspenso esta entrega en espera de las resoluciones del pleno de la Corte, pero vale airear esos asuntos en beneficio de una sociedad a la que se pretende mantener amordazada.

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