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A fines de 2017 estará lista la ley de alcaldías para la CDMX

Las alcaldías previstas en la Constitución capitalina serán el Gobierno de primer contacto con los ciudadanos y tendrán el contrapeso de los concejales, las asambleas ciudadanas, las representaciones territoriales y la coordinación obligatoria con el Gobierno de la Ciudad de México.

Así lo afirmó José Alfonso Suárez Del Real y Aguilera, coordinador del grupo de trabajo encargado de las Alcaldías en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), quien también destacó que éstas cumplirán con las necesidades de los capitalinos.

En entrevista para Notimex, el legislador local se dijo entusiasmado por la transformación que tendrá la capital del país, toda vez que se delimitarán las responsabilidades y derechos que tendrán los alcaldes.

Consideró que para los alcaldes será difícil transitar del paternalismo del “a mí no me toca” al “a ti, en efecto te toca”, porque la Constitución lo mandata.

“Estábamos llegando a los límites de que la culpa de todo la tenía el Gobierno central y además en muchos momentos era entendible por qué los jefes delegacionales tienen limitadas sus funciones”, expuso.

Suárez Del Real y Aguilera afirmó que tras el trabajo de la Asamblea Constituyente los diputados locales tendrán que ocuparse de las leyes secundarias que complementarán el texto constitucional.

Apuntó que la legislación secundaria referente a las Alcaldías estará lista antes del 31 de diciembre de 2017, lapso que marca la Reforma Política y que ratifican los transitorios de la propia Constitución.

“Estoy muy optimista, pienso que podríamos estar hablando a mediados o a finales de septiembre de un texto consensado, una iniciativa ya conformada y consensada con los diferentes grupos parlamentarios, pero fundamentalmente con la ciudadanía”, expresó.

Respecto a la organización geográfica de la Ciudad, dijo que para el ejercicio electoral 2018-2021 se elegirán 16 alcaldes o alcaldesas, es decir, permanecerán las 16 delegaciones actuales con sus límites geográficos y su conformación socioeconómica.

Sin embargo, apuntó que corresponderá al primer Congreso de la Ciudad -que asumirá sus funciones a más tardar el 14 de septiembre de 2018- valorar el artículo 52 constitucional que cita el poder de generar nuevas alcaldías.

Las alcaldías tendrán cuatro fuentes de ingreso: asignaciones federales que podrán recibir directamente; el presupuesto que le asigne el congreso de la Ciudad; ingresos autogenerados y los recursos obtenidos de las instalaciones públicas que se ubiquen en su territorio.

En ese sentido ejemplificó que los recursos que genere el Foro Sol ya no ingresarán a las arcas del Gobierno de la Ciudad, tendrán que entrar al erario de la alcaldía que a su vez generará los acuerdos y convenios para amortizar los servicios de Policía o de limpia que Gobierno el capitalino proporcione.

“Con esto se abrió una fuente de ingresos muy interesante y estaremos muy atentos para que se desarrolle de manera transparente.”

El asambleísta aseveró que con el cambio de administración no se contempla la desaparición de programas sociales toda vez que son ejes rectores que están contemplados en el texto constitucional.

Asimismo, advirtió que los ciudadanos no deben generar falsas expectativas respecto al cambio administrativo, ya que no será radical, sino un proceso de transformación en la que la ciudadanía tendrá que hacerse responsable.

Al respecto abundó; “de qué nos va a servir tener la posibilidad de las Asambleas Ciudadanas en las Alcaldías, la Representación por Unidad Territorial y los concejales si no acompañamos el proceso”.

Por ello, celebró la propuesta del presidente de la Comisión de Gobierno de la Asamblea Legislativa, Leonel Luna, para convocar a diversos sectores de la sociedad como instituciones académicas, colegios de profesionistas y a la población en general, para participar en la elaboración de la Ley de Alcaldías, y rechazó que el proceso pudiera demorar el debate.

Expuso que hasta el momento, el grupo de trabajo que coordina ha tenido cinco reuniones, cuatro de ellas fueron fundamentalmente para generar una interacción respetuosa con el Constituyente, particularmente con la Comisión de Alcaldías.

Indicó que en el Texto Constitucional han ubicado 25 artículos que de forma transversal se vinculan a las Alcaldías con obligaciones, derechos, facultades o potestades y que son concurrentes con otras instituciones del Gobierno de la Ciudad.

Además, apuntó que encontraron nueve artículos transitorios que también se vinculan con la facultad de legislar directa o indirectamente con el proceso electoral.

Puntualizó que en las próximas reuniones discutirán si se hará una ley orgánica reglamentaria de los artículos que en la materia involucran a las Alcaldías o bien, si se crea una ley orgánica y diferentes leyes reglamentarias vinculadas a los propios artículos.

De acuerdo con la Constitución promulgada el 5 de febrero pasado por el jefe de Gobierno, Miguel Ángel Mancera, las Alcaldías son órganos políticos administrativos que se integran por un alcalde o alcaldesa y un Concejo, electos por votación universal, libre, secreta y directa para un periodo de tres años.

Señala que tendrán personalidad jurídica y autonomía con respecto a su administración y al ejercicio de su presupuesto, exceptuando las relaciones laborales de las personas trabajadoras al servicio de las Alcaldías y la ciudad.

(Nota de Notimex)

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