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Endurecen multas en reglamento vial; bajan límites de velocidad y mayor Protección al peatón

A 13 meses de haberse publicado la Ley de Movilidad, ayer se dio a conocer el nuevo Reglamento de Tránsito del Distrito Federal, que privilegia al peatón.

Entre las nuevas normas en materia de movilidad y seguridad vial publicadas en la Gaceta Oficial del DF, se contempla la reducción de la velocidad en vías primarias y secundarias, el aumento hasta 85 por ciento en las sanciones por el uso del teléfono celular al conducir y multas a dueños de vehículos que no contraten seguro de?responsabilidad civil.

Las sanciones estipuladas en este documento van de las cinco a 600 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México, es decir, montos que van desde 349.75 hasta 41 mil 970 pesos, y el retiro de puntos en la licencia de conducir.

En vías primarias la velocidad máxima será de 50 kilómetros por hora, en secundarias, de 40 km/h y en zonas de tránsito calmado se tendrá que circular a una velocidad máxima de 30 km/h. El incumplimiento de estas obligaciones hará acreedores a los conductores a multas de entre 699.5 a mil 399 pesos y tres puntos de penalización en su licencia.

Los conductores que utilicen teléfono celular o cualquier dispositivo de comunicación mientras el vehículo está en movimiento, se harán acreedores a multas de dos mil 98 a dos mil 448.25 pesos y tres puntos menos en su licencia.

El uso de objetos que representen un distractor para la conducción segura, como dispositivos de mapas y navegadores GPS, tendrá que hacerse con el vehículo detenido o los conductores serán castigados con multas de 349.75 hasta 699 pesos y también el retiro de tres puntos en su carnet.

El documento toma en cuenta castigos para los conductores que utilicen el claxon para un fin diferente al de evitar un hecho de tránsito, sobre todo en condiciones de congestión vehicular o por provocar ruido excesivo con el motor, se harán acreedores de multas que irán de 349.75 hasta 699.5 pesos y un punto de penalización en su licencia para conducir.

Los ciclistas que circulen sobre la acera, por carriles exclusivos para el transporte público de pasajeros o por los carriles centrales o interiores de las vías de acceso controlado, sólo serán amonestados verbalmente.

Los motociclistas que circulen por vías ciclistas exclusivas o en los carriles confinados para el transporte público de pasajeros incurren en conductas que serán penadas con multas de entre 699.5 y dos mil 98 pesos y el retiro de seis puntos de su licencia.

Los concesionarios de transporte público tendrán prohibido circular por carriles centrales de las vías de acceso, realizar ascenso y descenso de pasaje en el segundo o tercer carril o sobre una vía ciclista, y utilizar equipos de audio a un volumen que resulte molesto y dañino a la salud. Pasar por alto dichas indicaciones les costará de 699.5 hasta 13 mil 990 pesos.

Este reglamento ya contempla multa para los propietarios de vehículos particulares que no tengan póliza de seguro vigente que ampare al menos la responsabilidad civil por daños a terceros, en su persona o patrimonio, pues se especifican penas por entre mil 399 y hasta dos mil?798 pesos.

 

 

Con información de Excélsior

 

 

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