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EXPIDE GDF LEY PARA CONTROL Y PREVENCIÓN DE DIABETES

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México, 7 Ago. (Notimex).- El Gobierno del Distrito Federal expidió este día la Ley para la Prevención, Tratamiento y Control de la Diabetes, que entre otras cosas prevé la creación del Instituto de la Diabetes, así como fomentar buenos hábitos alimenticios y fortalecer la cultura de la prevención.

El documento publicado este miércoles en la Gaceta Oficial del Distrito Federal indica que cada capitalino sin importar su edad será dotado de una Cartilla Metabólica que incluirá datos relacionados con la edad, peso, talla, antecedentes hereditarios relacionados con familiares con Diabetes y enfermedades asociadas a ella.

La nueva ley se enfoca en la prevención y establece un programa mediante el que se pretende que los capitalinos tengan un estilo de vida saludable.

La disposición establece que la Secretaría de Salud local, en colaboración con la Secretaría de Educación, promoverán las medidas de prevención a través de folletos, revistas y boletines, que deberán ser entregados en las diferentes Instituciones Integrantes del Sistema de Salud, así como en escuelas, oficinas y diversos lugares de trabajo.

El Gobierno del Distrito Federal, a su vez, estará obligado a promover en los medios de comunicación el ejercicio.

Asimismo informará a las personas con diabetes los variables clínicas que son consideradas como objetivos de tratamiento y las acciones preventivas de las complicaciones crónicas que deben ser realizadas al menos una vez al año y recomendará a la población controlar su peso y adquirir hábitos alimenticios adecuados.

El ordenamiento autoriza al Jefe de Gobierno del Distrito Federal para que realice las adecuaciones presupuestarias que sean suficientes para la implementación de esta ley, hasta en tanto no se autoricen las partidas correspondientes en el Presupuesto de Egresos.

El documento de 64 artículos indica que se faculta al Jefe de Gobierno del Distrito Federal a crear los Órganos de la Administración Pública Centralizada o Desconcentrada necesarios para la operación de las obligaciones y el respeto a los derechos humanos establecidos en la presente Ley.

Aclara que el Jefe de Gobierno del Distrito Federal deberá expedir el Reglamento del Instituto de la Diabetes, en un plazo no mayor a tres meses, a partir de la entrada en vigor del presente decreto.

El decreto que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal indica que el diseño y aprobación del Programa Especifico, se realizará en términos de la Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal en un plazo no superior a seis meses, contados a partir de la entrada en vigor del decreto.

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Redacción Voces del Periodista

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