Voces del Periodista Diario

Aprueban reformas para combatir y sancionar la violencia política de género

MÉXICO, 5 dic (Notilegis).- La Cámara de Diputados aprobó un dictamen que reforma siete leyes, para combatir y sancionar la violencia política en razón de género, y brindar mayor protección a los derechos políticos y electorales de las mujeres.

El Pleno lo aprobó en lo general por unanimidad con 419 votos; posteriormente, en lo particular obtuvo 416 votos, también de manera unánime.

El documento se turnó al Senado de la República para su análisis y eventual ratificación.

El dictamen reforma las siguientes legislaciones: Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, Ley General de Partidos Políticos, Ley General en Materia de Delitos Electorales, Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República y Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Surgió de ocho iniciativas presentadas por diputadas y diputados del PRI (una propuesta), del PAN (una), de MC (cuatro), del PVEM (una) y de integrantes de la Comisión de Igualdad de Género (una), entre abril y diciembre de este año. Las iniciativas fueron dictaminadas por las Comisiones Unidas de Igualdad de Género, y de Gobernación y Población.

Durante la discusión en lo particular, el Pleno aceptó una propuesta de modificación de las juntas directivas de las Comisiones Unidas, para, entre otros puntos, precisar la definición de violencia política en razón de género y sus formas de manifestación, la cual quedó de la siguiente manera:

Violencia política en razón de género: es toda acción u omisión basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres, el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones y la libertad de organización.

“Puede manifestarse en cualquiera de los tipos de violencia reconocidos en la Ley General de Acceso de la Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a través de la descalificación, ridiculización, bromas hirientes, restricción del uso de la palabra, agresiones verbales, descalificación de sus aportaciones, hostigamiento, coacción, obstaculización de su trabajo, ataques físicos y psicológicos, acoso y hostigamiento sexual, amenazas, intimidación, difamación, presión o cualquier acto u omisión que tenga como consecuencia la solicitud de licencia, separación o renuncia de la candidatura, del cargo al que fue electa o el que se encuentre desempeñando, así como en cualquier tipo discriminación y menoscabo de la autoridad de las mujeres políticas”.

Las acciones de violencia política en razón de género se sancionarán con 50 a 300 días de multa y con seis meses a dos años de prisión.

El proyecto de decreto fue fundamentado, en tribuna, por las diputadas Wendy Briceño Zuloaga (Morena), presidenta de la Comisión de Igualdad de Género, y Rocío Barrera Badillo (Morena), presidenta de la de Gobernación y Población.

Briceño Zuloaga comentó que es fundamental modificar la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, para implementar el lenguaje inclusivo, definir la violencia política en razón de género y aplicar el principio de paridad de género en la conformación de los órganos de dirección, poder y mando del Instituto Nacional Electoral y de los organismos públicos locales.

VP/NACIONAL/PG

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