CIUDAD DE MÉXICO, 13 de marzo de 2018.- Los cuerpos policíacos del país podrán revisar tanto a personas, como a vehículos, sin orden judicial, según declaró la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
El máximo tribunal del país avaló las disposiciones contenidas en los artículos 132, 147, 251, 266 y 268 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
De esta manera, la SCJN desechó los recursos de inconstitucionalidad presentados en ese sentido por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (INAI).
VP/Nacional/JSC