El esquema de retorno de capitales que estará vigente durante seis meses fortalecerá la economía nacional, ya que estos recursos se invertirán en actividades productivas, destacó la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
La dependencia federal explicó que el retorno de capitales del extranjero es una facilidad fiscal para personas físicas y morales, que promueve el regreso a México de recursos ubicados fuera de territorio nacional, con la finalidad de que se inviertan en actividades benéficas para el país.
Recordó que en el marco del Acuerdo para el Fortalecimiento Económico y la Protección de la Economía Familiar, anunciado por el Gobierno federal, se ofreció un esquema de retorno de capitales con una tasa reducida de Impuesto sobre la Renta (ISR) de 8.0 por ciento sobre el monto de los recursos que regresen a México los contribuyentes.
Así, aquellos contribuyentes que tienen capital en el extranjero del cual en su momento pagaron ISR, únicamente deben acreditar ese pago, mientras que la tasa de 8.0 por ciento del ISR a que se refiere el decreto respectivo solo aplicará por el capital del cual no se haya cubierto el impuesto.
Dicho esquema está dirigido a personas físicas y morales residentes en México y a los residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país, que hayan obtenido ingresos provenientes de inversiones directas e indirectas, y que los hayan mantenido en el extranjero hasta el 31 de diciembre de 2016.
En el Informe Semanal de su Vocería, la Secretaría de Hacienda señaló que el acuerdo estará vigente durante seis meses contados a partir de la publicación del decreto.
Para obtener este beneficio, el capital retornado deberá destinarse a inversiones productivas, como adquisición de bienes de activo fijo y adquisición de terrenos y construcciones.
Asimismo, en investigación y desarrollo de tecnología y exclusivamente a la ejecución de proyectos propios del contribuyente, que se encuentren dirigidos al desarrollo de productos, materiales o procesos de producción para la investigación y desarrollo de tecnología.
Además, debe destinarse al pago de pasivos que hayan contraído con partes independientes con anterioridad a la entrada en vigor del decreto que otorga esta facilidad.
(Nota de Finanzas/ El Sol de México)