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Cambios de paradigma: Argentina legaliza por decreto el autocultivo de marihuana con fines medicinales

* Familiares de enfermos que necesitan el cannabis en su tratamiento celebraron la medida del presidente Alberto Fernández.

BUENOS AIRES (RT) 12 de noviembre de 2020.- El presidente de Argentina, Alberto Fernández, legalizó este jueves el autocultivo de marihuana con fines medicinales en un decreto que establece la creación de un registro de cultivadores, así como la cobertura estatal y privada de tratamientos con cannabis y la venta en farmacias de aceites nacionales o importados derivados de la planta.

La decisión resquebraja las políticas de drogas que predominaron durante décadas en todo el mundo y que se basaron siempre en el prohibicionismo absoluto de esta planta y de otras sustancias que todavía son consideradas ilegales.

“A los fines de proporcionar una respuesta equilibrada entre el derecho de acceso a la salud y la seguridad sanitaria, es que la presente reglamentación establece un registro específico para usuarias y usuarios que cultivan cannabis para fines medicinales, terapéuticos y/o paliativos, como así también promueve la creación de una red de laboratorios públicos y privados asociados que garanticen el control de los derivados producidos”, señala el decreto publicado este jueves en el Boletín Oficial y que fue celebrado por organizaciones de familiares que necesitan tratamientos con cannabis.

En Argentina ya se había aprobado el uso de la marihuana con fines medicinales durante el gobierno del expresidente Mauricio Macri, pero la norma no contemplaba el autocultivo, que es fundamental en las cadenas solidarias de producción de aceites medicinales, además de que restringía el tipo de pacientes que podían ser tratados.

La nueva ley, en cambio, crea el Programa Nacional para el estudio y la investigación del uso medicinal de la planta de cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales, que será manejado por el Ministerio de Salud, ya que uno de los principales objetivos es atender a las personas que requieran terapias medicinales o paliativas del dolor con derivados de la marihuana.

También establece la provisión gratuita, por parte del Estado, de tratamientos con cannabis para las y los pacientes que cuenten con cobertura pública. En caso contrario, deberán ser cubiertos por las empresas privadas de medicina privada y las obras sociales que manejan los sindicatos. El fin es que todas las personas que los necesiten obtengan sus tratamientos.

El registro

Además de promover la investigación científica necesaria sobre los usos del cannabis, su seguridad y eficacia, el decreto señala que las y los pacientes que tengan indicación médica para el uso de cannabis y sus derivados podrán adquirir especialidades medicinales elaboradas en el país, o importarlas siempre y cuando estén debidamente registradas por la autoridad sanitaria.

Para ello, se creará el Registro del Programa de Cannabis (Reprocann), que emitirá las autorizaciones para que las y los pacientes accedan a través de cultivos controlados a la planta para tratamiento medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor. Y podrán anotarse por sí mismos, a través de un familiar, de un tercero o de una organización civil con plena garantía de confidencialidad de sus datos personales.

“El Estado nacional brindará colaboración técnica para impulsar la producción pública de cannabis en todas sus variedades y su eventual industrialización para su uso medicinal, terapéutico y de investigación en los laboratorios de producción pública de medicamentos nucleados en la Agencia Nacional de Laboratorios Públicos”, señala el escrito.

En la exposición de motivos, el decreto cuestionó que la ley que estaba vigente era restrictiva, ya que solo podían acceder a su uso pacientes diagnosticados con epilepsia refractaria, y económicamente excluyente, debido el alto costo que implica la importación de cannabis medicinal.

Aunque se creó un registro nacional voluntario para facilitar el acceso gratuito al aceite de cannabis y sus derivados, agregó, en realidad  no se encontraba operativo, lo que a su vez impedía el adecuado control de calidad, comprometía la salud de los usuarios y generaba expectativas infundadas promovidas por el simple afán de lucro.

“Estas restricciones reglamentarias configuraron barreras al acceso oportuno del Cannabis por parte de la población y como respuesta a ello, un núcleo significativo de usuarias y usuarios han decidido satisfacer su propia demanda de aceite de Cannabis a través de las prácticas de autocultivo, y con el tiempo se fueron organizando redes y crearon organizaciones civiles que actualmente gozan no solo de reconocimiento jurídico sino también de legitimación social”, señaló.

Por otra parte, el documento recordó que en 2018 la Organización Mundial de la Salud recomendó eliminar el cannabis y su aceite de la lista de sustancias peligrosas e ilegalizadas a nivel mundial, ya que ello limita el acceso y la investigación  sobre posibles terapias.

“Reglamentar adecuadamente el acceso al cultivo controlado de la planta de cannabis, así como a sus derivados, para fines de tratamiento medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor, implica garantizar y promover el cuidado integral de la salud, y el acceso gratuito al aceite de cáñamo y demás derivados del Cannabis a toda persona que se incorpore al Programa, en las condiciones que se establezcan”, añadió.

Con estas reformas, aseguró, se confirma el derecho a la salud pública como un eje prioritario y se establecen las condiciones necesarias para que la accesibilidad de sustancias de uso medicinal responda a estándares de calidad y seguridad sanitarios.

“Existen experiencias a nivel internacional que indican que, en un marco de seguridad y calidad, junto con el acompañamiento médico, se reducen los daños potenciales que el uso del cannabis de un mercado no controlado puede producir”, explicó al advertir la importancia del desarrollo de la investigación y la evidencia científica sobre la planta que se encuentra en pleno desarrollo en el mundo.

VP/Internacional/EZ

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