Voces del Periodista Diario

España exigirá una PCR negativa a los viajeros procedentes de países de riesgo en las 72 horas previas

ESPAÑA, (Sputnik), 11 de noviembre de 2020 .- Esta medida se suma a los controles sanitarios que ya se llevan a cabo actualmente a todos los pasajeros internacionales en los puntos de entrada. Así, se mantiene el control de temperatura y el control visual.

Por su parte, como novedad, el Formulario de Control Sanitario que todo pasajero debe cumplimentar antes de su entrada en el país, recogerá a partir de ahora una pregunta sobre si dispone de una PCR negativa realizada en las 72 horas previas a la llegada a España. En cualquier momento, se podrá solicitar al pasajero la acreditación del resultado de la prueba. El documento deberá ser el original, redactado en español o inglés y podrá ser presentado en formato papel o electrónico.

Países de riesgo

Para la designación de las zonas o países de riesgo a los que se exigirá la realización de una PCR, en el caso de los países de la Unión Europea y países asociados Schengen, se tomará como referencia los criterios contemplados en la Recomendación UE 2020/1475, del 13 de octubre, sobre un enfoque coordinado de la restricción de la libre circulación en respuesta a la pandemia de COVID-19.

En cuanto a los países terceros, la referencia básica será la incidencia acumulada por 100.000 habitantes en 14 días, complementado con las capacidades implantadas según se contempla en el reglamento Sanitario Internacional, en base a la información facilitada por el Centro Europeo para la Prevención y el Control de Enfermedades (ECDC).

Según el último informe del ECDC, todos los países de este espacio están actualmente en una situación de riesgo riesgo máximo con excepción de Noruega, Finlandia y Grecia, cuyos visitantes quedarían exentos de hacerse la prueba.

En cuanto a los países terceros, la referencia básica será la incidencia acumulada por 100.000 habitantes en 14 días, complementado con las capacidades implantadas según se contempla en el reglamento Sanitario Internacional en base a la información facilitada por el ECDC.

En el documento, difundido por el Ministerio de Sanidad se informa que “las agencias de viaje, los operadores turísticos y las compañías de transporte aéreo o marítimo y cualquier otro agente que comercialice billetes deberán informar a los pasajeros de la obligatoriedad de disponer de una PCR con resultado negativo para poder viajar”.Esta nueva medida cumple la Recomendación de la UE 2020/1475, que persigue acabar con la disparidad de los modelos de control sanitario implantados por los países de la Unión Europea.

La resolución que establece estos nuevos controles se publicará el 12 de noviembre en el Boletín Oficial del Estado y entrará en vigor el próximo 23 de noviembre.

Cabe mencionar que Madrid, Cataluña, Canarias y Baleares habían pedido anteriormente la realización de test en sus aeropuertos para controlar la expansión del virus. La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, había enviado una carta a la presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, para pedirle una regulación común para el espacio aéreo europeo con respecto a las medidas de control del coronavirus. 

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