México, 21 Oct. (Notimex).- El Senado alista una reforma que obliga al Estado mexicano a aplicar el principio del “interés superior de la niñez” para garantizar el derecho a la alimentación de niñas, niños y adolescentes por parte de padres, tutores, custodios o familiares ascendientes.
La secretaria de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables del Senado, Martha Elena García Gómez, indicó que de esa manera se haría obligatoria la pensión alimenticia para asegurar la salud, educación y sano esparcimiento de ese importante sector de la población.
La legisladora del Partido Acción Nacional (PAN) comentó en entrevista que se encuentra listo el dictamen elaborado a propuesta suya para aprobar dicha reforma a los artículos 4 y 73 a la Constitución Política.
“La pensión alimenticia es vista como una obligación de los padres hacia los hijos, que adecuándola al interés superior de la niñez debe ser considerada, más que una obligación de los padres, en el derecho mismo que poseen los hijos a que sean cubiertas sus necesidades básicas”, señaló.
García Gómez expuso que la pensión alimenticia no puede ni debe estar condicionada a un posible cumplimiento; sin embargo, reconoció que es una obligación que no siempre se cumple, más allá de que las reformas a la legislación endurezcan las sanciones contra los morosos.
“Porque en ocasiones estos ilegalmente simulan no tener los ingresos suficientes para cumplir esa obligación o simplemente se niegan a brindarla”, señaló la senadora panista.
García Gómez refirió que “un ejemplo de esa realidad” es la encuesta realizada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), donde se asegura que 67.3 por ciento de las madres solteras en el país no reciben pensión alimenticia para sus hijos.
Ante ello, explicó que las reformas y adiciones a los citados artículos establecen la actuación del Estado a favor de niñas, niños y adolescentes, y lo mandata a que atienda el principio del “interés superior de la niñez” sobre cualquier otro.
Lo anterior con el fin de guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.
Recordó que el Código Civil Federal regula las reglas para obtener y reclamar la pensión alimentaria como un derecho de los menores de edad y también la obligación de los mayores de edad a que ejerzan la patria potestad o tutela sobre los menores y preserven el derecho a la satisfacción de sus necesidades y a la salud física y mental.
La senadora expuso que en el sistema jurídico mexicano el deber de la pensión alimenticia nace del parentesco consanguíneo, del matrimonio, del divorcio y, en determinados casos, del concubinato, y de acuerdo con el citado Código se determinarán los apoyos económicos para proteger a los menores de edad.