Voces del Periodista Diario

Bienvenida, Ley 3 de 3 contra la violencia

Por Mouris Salloum George

La aprobación de la “Ley 3 de 3 contra la violencia” es un contundente mensaje para depurar en parte el servicio público. La reciente entrada en vigor de esta nueva ley suspende los derechos de los y las aspirantes a cargos de elección popular, empleos o comisiones en la administración pública. Lo anterior bajo los supuestos de tener sentencia por atentar contra la familia, por abuso sexual o incumplimiento moroso de pensión alimenticia.

En México es grave la violencia machista contra las parejas, por razón de género o simple alevosía y ventaja; o las violaciones y abusos contra menores de edad. Las estadísticas arrojan números vergonzantes: al año 5.4 millones de niños, niñas y adolescentes son víctimas de abuso sexual; con datos de 2019, la OCDE estableció que México ha sido primer lugar en ese delito; al año ocurren 3,500 feminicidios, en promedio, 10 cada día.

La Ley 3 de 3 contra la violencia -existe otra previa contra la corrupción- fue denominada así porque su cumplimiento abarca a los tres poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial; así como a los tres niveles de gobierno (federal, estatal y municipal).

Sería ingenuo creer que con este nuevo marco legal se reducirá el problema al mínimo, pero sin duda que será un importante inhibidor de esos delitos e infracciones. Los aludidos tendrán más consecuencias por sus abusos, así como grandes dificultades para evadir sus obligaciones familiares.

Hasta ahora, los deudores alimenticios morosos evadían sus obligaciones con singular burla; en adelante serán inscritos en un padrón de consulta pública. Como aspirantes a cargos, puestos o comisiones, estarán limitados a su cumplimiento; y por otras reformas, su obligación es retroactiva.

Como es sabido, tienen larga trayectoria las exigencias de las mujeres por lograr una vida libre de violencia y abusos sexuales, así como por contar con la pensión alimenticia para sus hijos. Las leyes en su favor existían desde hace años, pero faltaban mecanismos complementarios para persuadir, coaccionar y obligar al cumplimiento de las mismas.

Con esta nueva ley, a partir del año 2024 no podrán participar en los procesos electorales los sentenciados por abuso sexual, por violencia intrafamiliar ni quienes estén inscritos en el padrón de incumplimiento moroso de la pensión alimenticia.

Desde hace varios lustros los legisladores habían aprobado leyes hasta cierto punto muy garantistas, pero que simplemente no eran respetadas por impunidad o porque los propios ordenamientos jurídicos tenían resquicios que dificultaban su cumplimiento.

Son conocidos los casos de personajes de la política y de todos los ámbitos sociales que amparados en la impunidad y en las lagunas jurídicas ejercieron y ejercen el servicio público sin consecuencias. Se les acabó el gusto.

Cuando en la política se dejan a un lado los intereses personales o partidistas a favor de los colectivos, los acuerdos se vuelven realidad.

La sociedad en su conjunto registrará el impacto favorable de este avance legislativo.

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