EL LECHO DE PROCUSTO Por: Abraham García Ibarra
Para la gente del llano que no pueden comprar la ley, siempre es esperanzador escuchar un spot de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que reza así: Tus derechos están protegidos por la Constitución, y la Constitución por nosotros.
La Corte es el Máximo Tribunal Constitucional. Su misión es mantener el equilibrio entre los distintos poderes y ámbitos de gobierno. “No existe autoridad que se encuentre por encima de la Corte o recurso legal que pueda ejercerse sobre sus resoluciones”.
Por eso es importante que los de abajo sepan que sus derechos están protegidos por la Constitución. Los ministros velan por su recta observancia.
El rango de la Corte como Tribunal Constitucional es una condición relativamente reciente en la cultura jurisdiccional de México.
Poco después de que el presidente suplente Ernesto Zedillo purgó la nómina de ministros, la Corte publicó manifiesto en el que reclama su carácter de poder político en paridad con los otros dos poderes de la Unión.
El ministro presidente Mariano Azuela
Para el periodo 2003-2007, el ministro presidente de la Corte era don Mariano Azuela y Güitrón. Con ese encargo despachaba cuando en abril de 2004 se le vio en Los Pinos con Vicente Fox, el secretario de Gobernación, Santiago Creel Miranda, y el procurador general de la República, Rafael Macedo de la Concha.
El móvil de ese encuentro fue deliberar sobre el desafuero del jefe de Gobierno del Distrito Federal, Andrés Manuel López Obrador.
La Litis: Una demanda de particular, al que la ex jefa de Gobierno interina Rosario Robles Berlanga le expropió un lote para abrir una vialidad en el fraccionamiento de Santa Fe. López Obrador fue desaforado, pero el litigio finalmente se sentenció hasta 2014.
Con la consignación penal atorada después del desafuero, López Obrador pudo participar, sin embargo, en la elección presidencial de 2006.
En agosto de 2006, la Coalición Por el bien de todos impugnó los resultados de la elección presidencia del julio Para reforzar su impugnación ante el Tribunal Electoral federal, los representantes jurídicos de la Coalición acudieron a la Corte en solicitud de que, con base en el artículo 97 de la Constitución, el Máximo
Tribunal Constitucional investigara violaciones graves al voto público.
Fuera del recinto de la Corte, en la privada Universidad Anáhuac, el ministro presidente Azuela y Güitrón dio una cátedra a los estudiantes de Derecho de ese plantel: El artículo 97 de la Constitución “es anacrónico, está escrito con los pies, es obsoleto…”.
Sobre las elecciones “libres y auténticas”
La Constitución general mandata muchas cosas. Verbigracia, que la formación de los poderes públicos se realizará mediante elecciones libres y auténticas. (Voto secreto y directo, dice en otras líneas).
De esa función de Estado, la Constitución responsabiliza a los consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE). Esa función deben cumplirla los consejeros electorales bajo los principios rectores de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad.
Con recientes reformas a la Constitución, el INE casi alcanza el rango de Cuarto Poder: El electoral. Tiene injerencia en las elecciones constitucionales en los estados de la República, suscriptores del Pacto Federal.
La magistrada presidenta del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Magda Janine Madeleine Atárola Malassis (ese es el nombre), se declaró en vacaciones cuando el pleno tenía en agenda recursos de queja o denuncia por transgresiones al régimen electoral en el Estado de México.
Para el 4 de junio, previamente los consejeros del INE anunciaron que era innecesaria la convocatoria a sesión de Consejo General ese domingo: No hay focos rojos. “Los vecinos y los ciudadanos de a pie”, se dijo, son responsables de lo que en las jornadas electorales suceda.
Ni modo, eso es lo que nos da “el legislador”
En cada nueva resolución de los consejeros electorales o en cada sentencia (“definitiva e inatacable”) de los magistrados electorales, los doctores en Derecho Electoral alegan que, ni modo, no tienen más armas para sus fallos que las que “el legislador” legisló. Lo que nos dio “el legislador”.
Los artículos 41 y 99 de la Constitución General, ¿son anacrónicos, están escritos con los pies o son ya obsoletos? Misterios de la democracia a la mexicana que no está a nuestro alcance descifrar. Es cuanto.