Voces del Periodista Diario

¿Por qué no podemos elegir al Poder Judicial?

Ojo Público
Por Norberto Hernández Montiel

Frente al cúmulo de amparos que están surgiendo en favor de personajes como Rosario Robles Berlanga o Linda Cristina Pereyra, esposa de Genaro García Luna, por nombrar los casos más notorios, como mexicanos podemos preguntarnos, con toda justicia, ¿por qué podemos elegir a los representantes de los poderes Ejecutivo y Legislativo, pero no a los del Judicial?

La mención a Robles y Pereyra se debe a que en ambos procesos se ha documentado, “más allá de toda duda razonable”, como gustan decir los juristas, la existencia de delitos. La conocida como “estafa maestra” fue ampliamente documentada e implicó el manejo ilegal de siete mil 670 millones de pesos, en el cual estuvieron implicados más de 50 funcionarios públicos, 11 dependencias del gobierno federal y ocho universidades.

El colega Roberto Hernández, en su muro de FaceBook, publicó los siguientes datos: “Quién es el Juez Federal Roberto Omar Paredes Gorostieta y Femat, quien decidió que Rosario Robles sólo cometió una “falta administrativa” en la Estafa Maestra y le dio libertad absoluta”.

De acuerdo con la información que mostró el colega, este juez inició su carrera como Oficial Judicial, en el Juzgado Segundo de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Civiles Federales en el Estado de México, y después de ocupar sitios cada vez más altos, siempre en la entidad mexiquense, y regularmente en cuestiones relacionadas con el amparo, fue Secretario en el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Segundo Circuito en Toluca…” Roberto Hernández recordó las siguientes palabras: “No te preocupes, Rosario”, dijo un día Enrique Peña Nieto, integrante del Grupo Atlacomulco, ex gobernador del Estado de México y ex presidente de México”. Es curioso que este juez haya otorgado el amparo.

Respecto a Linda Cristina Pereyra podemos remitirnos a lo dicho por el presidente Andrés Manuel López Obrador, en su conferencia mañanera del 22 de febrero pasado: “…cómo está el Poder Judicial de nuestro país, lamentablemente; el día que están juzgando a García Luna, acá (…) tres magistrados, dos hombres, una mujer, descongelan las cuentas de la esposa de García Luna, como lo hicieron con otro acusado, (Luis) Cárdenas Palomino”.

Elizabeth García Vilchis precisó la información, respecto al Décimo Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito de la Ciudad de México, “quien revocó una sentencia de otro juez para sacar a la esposa de Genaro García Luna de la lista de personas investigadas por la Unidad de Inteligencia Financiera y en los hechos descongelará sus cuentas… así se las gastan los jueces penales”.

“Estos son los nombres de los jueces para que todas y todos los conozcamos y no se nos olviden: Rolando González Licona, Eduardo Baltazar Robles y Amanda Roberta García. Ellos fueron quienes descongelaron las cuentas de la esposa de Genaro García Luna”.

Se trata únicamente de dos asuntos, a los cuales se les dio una gran cobertura informativa, y nos indican cómo se conducen los integrantes del poder judicial, amparados en su independencia respecto a los otros poderes, pero no vemos a quién pueden rendirle cuentas, como no sea a sí mismos… y a aquellos a quienes benefician a través de sus decisiones y resoluciones.

Revisemos una de las funciones del Consejo de la Judicatura Federal: “Resolver las quejas administrativas y de responsabilidad de los servidores públicos, las relativas a la violación de los impedimentos, y los conflictos de trabajo entre el Consejo de la Judicatura Federal y sus servidores públicos” (La fuente es https://www.cjf.gob.mx/funciones.htm).

Aunque lo anterior no es muy claro, podríamos pensar que si los ciudadanos tenemos una queja respecto al comportamiento de algún miembro del Poder Judicial podemos presentar nuestra inconformidad ante esta institución, la cual se encargaría de decidir si procede o no nuestro reclamo. Pero veremos que estaríamos presentando nuestro recurso ante alguien que es juez y parte.

Si seguimos revisando las atribuciones del Consejo de la Judicatura, hallamos una muy interesante: “Designar a magistrados de Circuito y jueces de Distrito; resolver su ratificación, adscripción y remoción; acordar sus renuncias y retiros forzosos; suspenderlos de sus cargos a solicitud de la autoridad judicial o si aparecieren involucrados en la comisión de un delito; formular denuncia o querella contra ellos en los casos en que proceda y autorizar sus periodos vacacionales”.

Ahora veamos un dato fundamental para entender el funcionamiento del Poder Judicial, que a muchos mexicanos nos parece un ente sumamente difícil de entender. ¿Quién encabeza el Consejo de la Judicatura? Aunque a los ciudadanos comunes nos parezca incomprensible, la respuesta es que la presidencia de este consejo corresponde a quien se halle el mismo cargo en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que en este momento ocupa Norma Lucía Piña Hernández. Se trata de una presidencia doble, sumamente poderosa, como podemos ver, y que no rinde cuentas al pueblo de México.

Recordemos hora el Artículo 39 de nuestra Constitución: “La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno”.

A la luz de estos datos, que son sólo los más visibles, el cuestionamiento inicial cobra más relevancia. Si los mexicanos pudiéramos elegir, a jueces, magistrados y todo el aparato judicial, del mismo modo que lo hacemos con los representantes de los poderes Ejecutivo y Legislativo, pero además existiera, en estos casos, la posibilidad de revocarles el mandato, ¿seguirían comportándose de la misma forma?

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