Voces del Periodista Diario

CDMX: Último recurso, la Justicia Inmanente

EL LECHO DE PROCUSTO Por: Abraham García Ibarra

 

Resulta que el Congreso de la Unión -confirmado en enero de 2016- estableció en el artículo 122 de la Constitución General de la República, que la Ciudad de México es una entidad federativa que goza de autonomía.

Se celebró entonces que los habitantes de la Ciudad de México pasaban de su condición de “ciudadanos de segunda” a ciudadanos plenos.

El segundo “resulta”, es que el texto publicado en el Diario Oficial de la Federación afirma que la Ciudad de México adoptará para su régimen interior la forma de un gobierno republicano y democrático.

(Por democracia -dice el artículo tercero de la propia Constitución general- se considera no solamente la estructura jurídica y un régimen político, sino un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo.)

De aquel gran suceso derivó la convocatoria a la elección de diputados a la Asamblea Constituyente, facultada para formar el régimen interior y la organización política y administrativa de la nueva entidad federativa. Lo que en términos genéricos se le publicitó como Carta magna.

¿Fue un parto de los montes?

Lo primero que empezó a cuestionarse en cuanto a la Asamblea Constituyente, fue su fuente de legitimidad. En el reparto de diputaciones, los poderes establecidos aplicaron el método de cuates y cuotas en la integración de la Constituyente. “El resto”, a la voluntad ciudadana.

Salió finalmente  la Constitución de la Ciudad de México. Algunos detractores la consideraron un parto de los montes. No pocas expectativas terminaron frustradas.

Aquí vale una acotación: El constitucionalismo contemporáneo valora las nuevas constituciones, particularmente de América Latina (Ecuador y Bolivia, son ejemplos), por su vocación transformadora.

Se entiende ese enfoque como la ruptura de la oxidada ancla liberal (la democracia “representativa”, suponemos) para estimular el empoderamiento ciudadano al través de su participación directa en el proceso de construcción institucional.

No se secaba la tinta con que fue impreso el texto la Constitución de la CDMX, cuando, en particular el Ejecutivo federal vía Procuraduría General de la República, se lanzó a su impugnación mediante la figura de acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

La reacción de los probos magistrados citadinos

Por hoy reservamos un tema de esas impugnaciones: La del Tribunal Superior de Justicia (su membrete conserva aún Distrito Federal) de la Ciudad de México.

Precisión obligada: Previamente, los magistrados de ese Tribunal emanaba de las propuestas del jefe del Gobierno citadino a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

Puntualicemos otro dato: El magistrado ponente en esa acción de inconstitucionalidad, fue Álvaro Augusto Pérez Juárez. Ca-sual-men-te, a los pocos días fue nombrado presidente del TSJCDMX.  

¿Cuál es la Litis de la impugnación? Que la Constituyente instituyó el Consejo Judicial Ciudadano, formado por académicos especializados en la materia, representantes de la sociedad civil, etcétera, con la facultad de auscultar, seleccionar y proponer candidatos a magistrados con base en el principio de idoneidad.

Se fracturaría así  la añeja cadena de poder burocrático que -basado en amiguismo, compadrazgos y subordinaciones previas-,  en circuito cerrado resolvía la formación  del Poder Judicial del Distrito Federal.

El anterior magistrado presidente del Tribunal, Edgar Elías Aznar, por aquel cómodo método se había reelecto en dos ocasiones (casi diez años de inamovilidad). Fue acusado de eventual conflicto de intereses en el nombramiento de jueces. Por lo pronto, en su gestión dejó un déficit administrativo de unos tres mil millones de pesos. Terminó nombrado por Enrique Peña Nieto embajador de México en los Países Bajos. ¿En  premio a qué?

Sobre la insospechable imparcialidad

En el alegato contenido en el texto la acción de inconstitucionalidad ante la Corte suprema, ratificado después, el magistrado Pérez Juárez se levanta colérico en defensa de la autonomía e independencia del Tribunal. No sólo: La Constitución de la CDMX, afirma, atenta contra la imparcialidad de los autónomos togados.  

El salón donde despacha el jefe del TSJCDMX, es presidido por un cuadro con la imagen de don Benito Juárez. Aquél que exigía a los servidores públicos vivir en la augusta y honrada medianía.

No estamos para juzgar si los magistrados citadinos  orlan su solemne figura con el halo de la honradez y la honestidad. Los justiciables lo sabrán mejor que nosotros.

Lo que concluimos es que, si el pleno de la Corte sentencia en favor la inconstitucionalidad solicitada por el Tribunal, la participación ciudadana en materia tan grave como la Justicia se irá al traste y a la sociedad capitalina no le quedará más remedio que seguir a expensas de la justicia inmanente. Es cuanto.

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