MÉXICO, (Sputnik), 1 de octubre de 2020 .- El 1 de octubre entra en vigor la primera fase del nuevo etiquetado frontal para alimentos y bebidas procesados. Esta medida contempla agregar advertencias al consumidor sobre la composición nutricional de los productos con alto contenido energético, sodio, azúcares o grasas saturadas.
Las autoridades de México fijaron este etiquetado para tratar de reducir la incidencia de sobrepeso y obesidad que afecta a la población del país. No obstante, los cambios a la Ley General de Salud provocaron una oleada de amparos por parte del sector empresarial.
“Las empresas que han interpuesto amparos están en su derecho, lo pueden hacer, pero no representan ni el 1% del total de unidades económicas que hay en el país”, expuso el funcionario a El Financiero.
Los motivos de los amparos son variados, aunque la mayoría reclaman violaciones durante el proceso de elaboración de la norma de etiquetado NOM-051. Algunos de los demandantes son la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (Concamin), el Consejo Nacional Agropecuario (CNA), el Consejo Coordinador Empresarial (CCE), Coca-Cola Femsa, Unilever, el Consejo Mexicano de la Industria de Productos de Consumo, Bebidas refrescantes de Nogales, Distribuidora de la Costa de Nayarit, Bebidas mundiales y Hershey.
En agosto, Coca-Cola Femsa informó a la Bolsa Mexicana de Valores que había promovido un juicio de amparo contra la nueva ley de etiquetado, al considerar que los cambios podrían afectar sus resultados y operaciones en México.
Por su parte, en julio la empresa Hershey de México presentó una impugnación al plazo que se dio a las firmas de alimentos para dar cumplimiento con la NOM-051 a fin de poder agotar su inventario existente al 31 de junio de 2020. Pero una juez federal rechazó otorgar la suspensión definitiva, por lo que la compañía deberá cumplir con el nuevo sistema de etiquetado en el plazo establecido.
Sin embargo, otras compañías han anunciado la aplicación de ajustes a algunos de sus productos. Grupo Bimbo, por ejemplo, informó que su línea de panes de caja y bollería no contará con ningún sello de advertencia. Del mismo modo, señaló que, en las categorías de panes tostados, empanizadores y tortillas de harina, trabaja en productos alternativos que no deberán incluir las etiquetas.
Tanto la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) y la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) serán las encargadas de verificar el acatamiento de esta norma. Se contempla que las multas por su incumplimiento llegarán a los 781.920 pesos (35.600 dólares), previo a la inmovilización de los productos almacenados por las empresas en sus bodegas.
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